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Asociaciones en defensa de la custodia compartida rechazan el "decretazo" de Sánchez

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31 de Agosto de 2018

Asociaciones en defensa de la custodia compartida rechazan un RD de Sánchez

35 organizaciones se han dirigido por escrito al Defensor del Pueblo para que este haga uso de su potestad de interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el RD 9/2018 de 3 de agosto de 2018.

Desde la asociación por los Derechos de los Niños Custodia Compartida Extremadura consideran que este Real Decreto del Gobierno de Sánchez “vulnera los preceptos fundamentales de la Constitución española no sólo en su contenido legislativo discriminatorio, sino en la forma legal que se ha utilizado para legislar”.

Así, indican que el artículo 86 de la Constitución permite el uso del RD apelando a la “extraordinaria y urgente necesidad” de las circunstancias sin que “de ningún modo esté concurriendo la necesidad de urgencia”. Explican que el citado Real Decreto ha sido aprobado un viernes 3 de agosto, “justo antes de comenzar el periodo vacacional parlamentario para intentar soslayar discretamente el abuso legislativo que se está cometiendo”.

“Con la excusa de la urgencia se ha legislado para modificar a golpe de decretazo el propio articulado del Código Civil, algo que no ha sucedido nunca en los 200 años de historia de este compendio de leyes reguladoras de la sociedad”.

Señalan que con la aprobación de este Real Decreto “quedan recortados aspectos importantísimos de la patria potestad, que podrá limitarse en el padre sólo por la palabra de una mujer que se diga maltratada, sin mediar ninguna intervención de la administración de justicia y siendo suficiente el informe favorable de un funcionario o asistente social”.

Para esta asociación, esta nueva norma “convierte de hecho a los servicios sociales de los diferentes ayuntamientos en tribunales competentes en asuntos de familia, usurpando esa función a la propia administración de justicia”. Además, aseguran que cuatro asociaciones de jueces han alertado de manera unánime contra esta usurpación de funciones.

El Real Decreto legisla también acerca del reconocimiento de la situación de mujer maltratada haciendo innecesaria la intervención de la administración de justicia, ya que es el mero informe emitido por un funcionario municipal, asistente social o “cualquier otro título” lo que adquiere carta de validez. Este título dará pleno acceso a cualquier mujer a toda una batería de ayudas sociales y económicas con el único requisito de su palabra.

"Lo más terrible es que el hecho de reconocer a una mujer como maltratada, implica asignar automáticamente a un hombre el rango de maltratador, lo cual acaba definitivamente con los restos de presunción de inocencia que podían quedar en este duro sistema discriminatorio”, explican.

Entienden, por tanto, que además de “vulnerar principios fundamentales de la Constitución española”, el RD “está fomentando con dinero público el uso de la denuncia indiscriminada, perjudicando los intereses de la verdadera mujer maltratada que queda así completamente desprotegida y con acceso mucho más limitado a los recursos económicos que le podrían resultar necesarios”.

Interpretan que el RD 9/2018 “vulnera” varios artículos de la Constitución española, como el art. 14, sobre la igualdad, el art. 24 sobre el derecho a un juicio justo y a la presunción de inocencia, o el art. 26, sobre la prohibición de los tribunales de honor, “que es de hecho en lo que se van a convertir los servicios sociales municipales”.

Por todas estas razones han solicitado la intervención del Defensor del Pueblo, que tiene la capacidad de interponer el recurso de inconstitucionalidad, para que sea al propio Tribunal Constitucional el que se pronuncie a este respecto.

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