14 Enero 2026
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Cultura

Condenan al Ayuntamiento de Don Benito por plagiar un cartel de Carnaval

Cultura

12 de Enero de 2026

Condenan al Ayuntamiento de Don Benito por plagiar un cartel de Carnaval

 

El Juzgado de lo Mercantil de Badajoz ha estimado parcialmente la demanda presentada por el diseñador Francisco Javier Torres contra el Ayuntamiento de Don Benito por la vulneración de sus derechos de propiedad intelectual. Según indica la sentencia, el Consistorio utilizó de forma ilícita una obra creada por el autor para el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife 2016, empleándola como cartel oficial del Carnaval de Don Benito 2025.

 

El fallo judicial considera acreditado que el Ayuntamiento hizo uso de la obra sin autorización expresa del creador y sin abonar compensación económica alguna, lo que constituye una infracción de la normativa vigente en materia de propiedad intelectual. De acuerdo con la resolución, esta actuación supone un plagio claro de la obra original.

 

Como consecuencia de ello, el juzgado ordena el cese inmediato de la actividad ilícita y prohíbe expresamente que el cartel vuelva a utilizarse. Además, impone al Ayuntamiento la obligación de retirar y destruir, a su costa, todos los ejemplares del cartel que reproduzcan la obra plagiada.

 

En el apartado económico, la sentencia condena al Consistorio a indemnizar al autor con un total de 6.500 euros: 2.500 euros por los daños materiales ocasionados y 4.000 euros en concepto de daños morales derivados del uso no autorizado de su creación.

 

El procedimiento judicial se inició a finales del pasado mes de julio, cuando el demandante -licenciado y doctor en Bellas Artes por la Universidad de La Laguna- reclamó una indemnización total de 12.000 euros por los perjuicios patrimoniales y morales sufridos. En aquel momento, el Ayuntamiento negó la existencia de plagio y sostuvo que la imagen había sido “encontrada en internet” o que se trataba de un elemento gráfico “de libre uso descargado de una web”.

 

Asimismo, según recoge la sentencia, el tribunal impone al Ayuntamiento la obligación de publicar la resolución judicial, asumiendo los costes, en distintos medios de comunicación de ámbito local y regional, con el objetivo de restituir el derecho vulnerado y dar publicidad al fallo.

 

En relación con las costas procesales, el juzgado ha decidido no imponerlas a ninguna de las partes, al haberse estimado la demanda únicamente de forma parcial. La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.

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