El aumento alarmante de pistolas detonadoras obliga a pasar revisión
31 de Enero de 2018
El próximo mes de abril concluye el plazo para legalizar las pistolas y revolveres que utilizan cartuchos detonadores, y cuya posesión y uso se restringe, por lo que sólo pueden emplearse en actividades reconocidas por la normativa legal.
A raíz de la última disposición realizada por el Ministerio del Interior, por razones de seguridad, en cuanto al régimen aplicable para la adquisición, tenencia y uso de pistolas y revólveres detonadores, la Guardia Civil quiere advertir y poner en conocimiento de todos los usuarios y propietarios de este tipo de armas, de la nueva reglamentación aplicable.
ARMAS SIN PROYECTIL
Las armas detonadoras, son definidas como aquellas destinadas a la percusión de cartuchos sin proyectil, que provocan un efecto sonoro y cuyas características las excluyen para disparar cualquier tipo de munición.
AUMENTO ALARMANTE
En los últimos años, se ha producido en España un aumento alarmante del empleo de armas detonadoras en ámbitos cercanos a la delincuencia e incluso en la comisión de delitos violentos, siendo muchas de ellas intervenidas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, habiendo sido algunas, manipuladas para poder disparar munición real.
CONTROL DEL ACCESO
Hay que destacar, que antes de la nueva reglamentación, era muy fácil acceder a estas armas, y únicamente había que acreditar ser mayor de edad, presentando el correspondiente documento de identidad en el momento de su adquisición ante el establecimiento de venta, sin que fuese preciso estar en posesión de algún tipo de licencia o autorización.
A partir de la publicación de esta orden, únicamente se podrán adquirir, tener y usar para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, además de su tenencia exclusivamente en el domicilio con fines de coleccionismo a coleccionistas de armas autorizados.
ANTES DE ABRIL
De igual modo, su venta ha quedado restringida a las armerías autorizadas y a los establecimientos de venta de artículos deportivos que lo hayan comunicado previamente a la correspondiente Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
Antes de que termine el mes de abril, en el plazo de seis meses a contar desde el 24 de octubre de 2017, fecha en la que entró en vigor la nueva reglamentación, quienes estén en posesión de este tipo de armas deberán acreditar su destino para las actividades descritas anteriormente, mediante la presentación en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente a su domicilio y de la documentación necesaria para su tenencia, siendo entregadas para su destrucción aquellas que no hayan sido legalizadas.
Ante cualquier duda o consulta, podrán dirigirse a las Intervenciones de Arma y Explosivos de la Guardia Civil.
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