23 Julio 2025
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FACUA denuncia “falsa nata” en roscones de Reyes de varias cadenas de supermercados

FACUA denuncia “falsa nata” en roscones de Reyes de varias cadenas de supermercados

 

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a dos fabricantes y tres cadenas de supermercados por la venta de roscones de Reyes que se presentan fraudulentamente como rellenos de nata, cuando en realidad contienen otras sustancias. Se trata de prácticas que incurren en publicidad engañosa y la vulneración de la normativa europea en materia de etiquetado.

 

Tres de los supermercados denunciados, Aldi, Lidl y Dia, recurren al reclamo engañoso de colocar carteles en sus establecimientos para presentar como rellenos de "nata" roscones cuyo etiquetado indica lo contrario.

 

Por su parte, la cadena andaluza MAS vende un roscón fabricado para estos supermercados por la empresa Zampabollos, de la localidad onubense de Almonte, que también ha sido denunciada. En su caja se presenta como "roscón ultracongelado relleno de nata". Pero en realidad, en su lista de ingredientes se pone de manifiesto que se trata de una mezcla de nata y grasa de palmiste.

 

 

Las denuncias se han presentado ante el Ministerio de Consumo y varias autoridades autonómicas de protección al consumidor, entre ellas las de las sedes sociales de las empresas. Las comunidades tienen competencias para abrir expedientes sancionadores contra las empresas por incurrir en infracciones a la normativa de protección de los consumidores derivadas del incumplimiento de la Ley de Competencia Desleal y el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria que debe facilitarse al consumidor.

 

Por otro lado, el artículo 22 del Reglamento (UE) 1169/2011 establece que se debe indicar la cantidad de un ingrediente en la preparación o fabricación de un alimento cuando "figure en la denominación del alimento o el consumidor lo asocie normalmente con dicha denominación", "se destaque en el etiquetado por medio de palabras, imágenes o representación gráfica" o "sea esencial para definir un alimento y para distinguirlo con los que se pudiera confundir a causa de su denominación o de su aspecto".

 

Esto es, al tratarse el relleno de un elemento esencial para definir un roscón de Reyes de otros, -aquellos compuestos exclusivamente de nata de los preparados con una mezcla-, resulta contrario a la normativa que en su denominación se indique exclusivamente "Nata", ya que también se ha utilizado en su fabricación otros ingredientes, como el preparado de grasas vegetales.

 

Pronunciamiento de la Aesan

 

En este mismo sentido se ha pronunciado la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan), perteneciente al Ministerio de Consumo, al ser preguntada a este respecto por FACUA.

 

En su respuesta, la Aesan señala que "el preparado graso a base de nata es un ingrediente compuesto que es esencial para distinguir el alimento de los productos con los que se pudiera confundir a base de su denominación o aspecto, como puede ser la nata", por lo que "está sujeto al requisito de indicación cuantitativa" -regulado en el Reglamento 1169/2011-, por lo que "debe ir seguido de la lista de ingredientes, entre los que, al menos, deberá indicarse también el porcentaje de nata".

 

Así, el etiquetado, la presentación y la publicidad de los roscones de Reyes debe ser "claro, especialmente en lo que se refiere a la denominación y listas de ingredientes, con objeto de no inducir a error al consumidor sobre las características del producto".

 

La Aesan concluye, por tanto, que "podrán utilizar la denominación Roscón de Reyes de/con nata únicamente aquellos en los que todo el relleno sea nata".

 

Induce a error

 

FACUA señala que las irregularidades denunciadas en los roscones de Aserceli y Zampabollos (fabricado para MAS) son prácticas contrarias a lo que establece el artículo 7 del citado Reglamento. Éste recoge que "la información alimentaria no debe inducir a error al consumidor, en particular sobre las características del alimento y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, país de origen o lugar de procedencia, y modo de fabricación u obtención".

 

De igual forma, la norma indica que tampoco puede "sugerir, mediante la apariencia, la descripción o representaciones pictóricas, la presencia de un determinado alimento o ingrediente" si dicho componente "se ha sustituido por un componente o ingrediente distinto".

 

Por todo ello, FACUA ha instado al Ministerio de Consumo y a las diferentes autoridades de protección al consumidor que investiguen los hechos e incoen el correspondiente expediente sancionador y hagan públicas las medidas que adopten.