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Región

Aprobadas ayudas para las empresas de autobuses de línea

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2 de Agosto de 2018

Aprobadas ayudas para las empresas de autobuses de línea

El Ejecutivo regional ha dado luz verde al decreto por el que se establecen ayudas destinadas a promover una situación de equilibrio económico en las empresas de transporte regular de viajeros por carretera que tengan la condición de servicios de interés económico general (SIEG).

Ante el carácter deficitario que presentan las concesiones autonómicas de servicios de transporte regular de uso general, y el interés general asociado a su prestación en beneficio de los usuarios, su condición de servicios de interés económico general (SIEG), “se hace necesaria una intervención pública destinada a cubrir el desequilibrio económico de las concesiones autonómicas, tal y como impone su adecuada organización y ejecución en beneficio de la ciudadanía”, dice la Junta.

“De esta forma, se pretende articular una ayuda pública en forma de subvención en efectivo que cubra la incidencia financiera neta soportada por las empresas prestadoras, hasta el límite reconocido por la normativa europea y autonómica aplicable, y sin perjuicio de la oportuna justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión”.

“El importe de la subvención en efectivo alcanzará el cien por cien del gasto subvencionable, expresado en el coste neto soportado por la empresa prestadora, representativo de la situación de desequilibrio o déficit de la explotación, sin que la cuantía máxima objeto de concesión y percepción por cada empresa beneficiaria pueda exceder de 500.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales”.

La condición de servicio de interés económico general de las líneas de titularidad autonómica es reconocida a aquéllas que cumplan determinados requisitos representativos de una situación que evidencia su desequilibrio económico, y la necesidad de mantener un sistema de comunicaciones especialmente beneficioso para los núcleos de población localizados en un entorno rural.

Entre esos requisitos están el que comuniquen municipios de carácter rural con sus cabeceras comarcales o con localidades que constituyan la sede de centros públicos prestadores de servicios sanitarios, administrativos o educativos, o que puedan servir de puntos de enlace con otros servicios de transporte; así como que se presten de forma continuada durante todo el año mediante la ejecución, como mínimo, de una expedición de ida y otra de vuelta, al menos una vez a la semana.

Otro requisito contemplado es que los ingresos obtenidos de los usuarios no alcancen a cubrir los costes de explotación requeridos por una eficiente gestión empresarial o que haya recaído sobre ellos la adopción, en los últimos tres años, conforme a la normativa vigente, de una medida de emergencia por encontrarse en situación de riesgo inminente de interrupción; o, en su defecto, sea advertida esta situación en el curso del procedimiento de concesión, mediante su reconocimiento motivado en la memoria económica justificativa de la situación de desequilibrio económico.

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