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Llanos de Olivenza

Olivenza protegerá su cielo a través de una nueva ordenanza municipal

Llanos de Olivenza

2 de Julio de 2018

Olivenza protegerá su cielo a través de una nueva ordenanza municipal

El Pleno de Olivenza ha aprobado por unanimidad de los tres grupos políticos con representación en el Consistorio la ordenanza municipal reguladora del alumbrado exterior para la protección del cielo nocturno de Extremadura. Con ella se busca hacer compatible el uso confortable de las zonas iluminadas con la salvaguarda de la calidad del cielo nocturno, no sólo permitiendo así disfrutar de este patrimonio natural sino también ofreciendo la posibilidad de impulsar el turismo astronómico.

La reciente acreditación de Olivenza como ‘Destino Turístico Starlight’, por las excelentes cualidades para la contemplación de los cielos estrellados, unida a las medidas contempladas en la ordenanza mencionada aprobada, permitirán impulsar el turismo como motor de desarrollo económico a través de la generación del denominado empleo verde.

La regulación del alumbrado exterior mediante los criterios de aplicación, adecuación de niveles lumínicos y utilización de fuentes de luz contemplados en esta ordenanza municipal reducirán además los impactos negativos en el entorno, como los que afectan a los comportamientos de animales o plantas, el exceso en el consumo energético o la disminución de la calidad ambiental en las zonas habitadas.

Estos criterios serán de aplicación en el alumbrado vial, alumbrado específico (pasarelas y pasos subterráneos, parques y jardines, etcétera), alumbrado para vigilancia y seguridad nocturna, rótulos luminosos y alumbrado de señales y carteles, alumbrado ornamental, alumbrado residencial, alumbrado festivo y navideño, iluminación con proyectores, alumbrado exterior deportivo y otros tipos de sistemas de iluminación exterior no incluidos en los anteriores.

En cuanto al régimen de uso se determina que el horario de encendido y apagado deberá ajustarse a la hora de salida y puesta del sol. Las instalaciones que deban permanecer encendidas en horario nocturno, de 00:00 a 6:00 horas en invierno y de 1:00 a 6:00 horas en verano, han de reducir en la medida de lo posible el flujo luminoso.

La ordenanza establece las restricciones de uso y las excepciones a dichas restricciones, siempre con autorización por parte del Ayuntamiento, tanto en el diseño como en el uso del alumbrado de cada uno de los tipos indicados, y determina las características de lámparas y luminarias a utilizar.

Para el alumbrado ornamental se contempla procurar que la disposición de luminarias o proyectores permita la emisión de flujo luminoso desde arriba hacia abajo y se detalla aquellos monumentos en los que el horario de funcionamiento se limita hasta las 2:00 horas durante los festivos y fines de semana.

La ordenanza incluye una regulación del alumbrado festivo y navideño en Olivenza y pedanías, recogiendo un calendario con las principales celebraciones, en las que además de la Navidad se pueden encontrar las ferias y fiestas y el Carnaval.

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