El Supremo anula la sanción a un Guardia Civil de la provincia de Badajoz
2 de Enero de 2020
COMUNICADO
Un agente de la Guardia Civil con destino en la provincia de Badajoz resultó sancionado a la pérdida de siete días de haberes con suspensión de funciones.
Durante la tramitación del expediente, el instructor vulneró el derecho de defensa de éste, y el dador del parte y la administración, que instruyó la causa su derecho a la intimidad.
Así ha quedado reflejado en la Sentencia de la Sala quinta del Tribunal Supremo de la que AUGC-Badajoz ha tenido conocimiento. El abogado de la delegación, Segundo Berjano Murga, ha sido el responsable de la defensa del agente.
La sentencia expone que en la instrucción del expediente se vulneró de manera palmaria el derecho de defensa del encartado -reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución- al denegarle a conocer de lo que se le estaba acusando, calificando el Tribunal este hecho como una conculcación de su derecho de defensa de relevancia constitucional, al pretender que el agente declarase “a ciegas”.
La sentencia arremete duramente contra el Tribunal Militar Central, al que reprende por no haber hecho una valoración adecuada de las pruebas obtenidas y por no ver que la administración impidió, restringió y limitó los medios de defensa del agente, además de vulnerar su derecho a la intimidad proclamado en el artículo 18.2 de la Constitución.
La vulneración del derecho fundamental a la intimidad sufrida quedó de manifiesto cuando su superior inmediato accedió de manera ilegítima a unos informes médicos que iban adjuntos a una solicitud de cambio de puesto que realizó el agente. Estos informes aconsejaban el cambio de unidad por las malas relaciones existentes entre ambos. Este jefe usó esos informes para acusarle de mentir, sustanciándose esa acusación en la sanción citada de siete días sin sueldo y sin funciones, que ahora se anula.
Desde AUGC invitan al responsable de la Guardia Civil en Badajoz a que investigue los hechos, estudie la Sentencia y depure responsabilidades en los distintos actores que han intervenido, tanto en la instrucción como en el dador del parte, ya que se podrían haber incurrido en alguna falta prevista en Ley Disciplinaria de la Guardia Civil, como son limitación de derechos a subordinados y contra la integridad moral por el acceso a información médica, especialmente protegida por las Leyes.
"Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), nos alegramos por nuestro afiliado y lamentamos que los derechos de los trabajadores de la Guardia Civil tengan que ser tenidos en cuenta a golpe de sentencias judiciales. No comprendemos que la Guardia Civil vulnere derechos fundamentales como son los derechos de defensa y la intimidad de sus trabajadores".
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