Nuevas ayudas en Badajoz para reparar viviendas y negocios dañados por las lluvias
13 de Marzo de 2026
El Instituto Municipal de Servicios Sociales (IMSS) del Ayuntamiento de Badajoz ha aprobado una línea de ayudas de urgencia de carácter social destinada a apoyar a familias y empresas del municipio afectadas por los desbordamientos provocados por las borrascas “Joseph”, “Kristin”, “Leonardo” y “Marta” y sus frentes asociados.
Estas ayudas tienen como finalidad atender situaciones de vulnerabilidad económica y social derivadas de los daños ocasionados por las inundaciones, facilitando la reposición de bienes esenciales y la recuperación de la actividad económica.
MODALIDADES DE AYUDA
Se establecen dos tipos de ayudas:
1. Ayudas para familias
Dirigidas a personas que tengan su residencia habitual en viviendas afectadas por las inundaciones.
Subvencionan gastos como:
- Reposición o reparación de mobiliario y electrodomésticos.
- Reparaciones en la vivienda habitual.
- Otros gastos excepcionales vinculados a situaciones de grave necesidad social.
- Importe máximo: hasta 3.000 € por vivienda.
2. Ayudas para empresas y autónomos
Dirigidas a establecimientos comerciales, industriales o empresariales ubicados en el término municipal de Badajoz que hayan sufrido daños.
Subvencionan gastos como:
- Reparación o reposición de maquinaria, equipamientos o enseres.
- Reparaciones en locales o instalaciones.
- Importe máximo: hasta 6.000 € por empresa.
Quedan excluidas de esta línea las explotaciones agrícolas y ganaderas, que serán atendidas mediante otras ayudas de ámbito regional o estatal.
PRESUPUESTO
El Ayuntamiento de Badajoz destina a esta convocatoria una dotación inicial de 190.000 euros, con cargo al presupuesto del IMSS para el año 2026.
PROCEDIMIENTO
Las ayudas se concederán de forma directa, debido a la situación de emergencia social generada por las inundaciones.
El procedimiento se iniciará de oficio por los trabajadores y trabajadoras sociales del IMSS, quienes elaborarán un informe acreditando la situación de necesidad.
PLAZOS
- Inicio de tramitación: desde el día siguiente a la entrada en vigor de la resolución.
- Plazo para iniciar expedientes: 1 mes.
- Periodo subvencionable: del 9 de febrero al 30 de junio de 2026.
- Justificación de gastos: hasta el 31 de octubre de 2026.
PAGO DE LA AYUDA
Una vez concedida, el pago se realizará directamente a las empresas o profesionales que suministren los bienes o servicios, previa presentación de factura y documentación correspondiente.
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