Conoce qué personas tienen prohibido jugar a la Lotería de Navidad
17 de Diciembre de 2025
Ya tenemos prácticamente encima el sorteo de la lotería de Navidad de este año, pero son muchas las personas que aún no han comprado un décimo.
Para ellos y para los que ya lo hayan comprado, es importante saber quiénes tienen prohibido por Ley adquirir estos décimos y qué consecuencias existen si, pese a tenerlo prohibido, lo han comprado.
Y es que estas restricciones no son exclusivas del Sorteo de Navidad: proceden de la Ley 13/2011, de regulación del juego, la norma que regula todos los juegos de azar estatales gestionados por Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). Su finalidad es proteger a colectivos vulnerables, garantizar la integridad del sistema y evitar conflictos de interés.
Por ello, en cumplimiento de la norma, tienen prohibido adquirir un décimo:
Los menores de 18 años.
Personas con prohibición judicial.
Personas inscritas en el RGIAJ (Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego).
Personas vinculadas a la organización del juego, es decir, quienes intervienen en la preparación, explotación o supervisión del sorteo.
Altos cargos del regulador del juego y sus convivientes (directivos, consejeros y responsables de los organismos supervisores).
Pero, ¿qué pasa si una persona que tiene prohibida la participación efectivamente lo hace y resulta ganador de un premio?
La normativa es contundente: no pueden cobrar el premio. En premios de 2.000 euros o más, SELAE debe verificar la identidad del ganador y bloquear el pago si pertenece a un colectivo con acceso prohibido. Además, la Ley 13/2011 prevé sanciones tanto para los operadores como para puntos de venta que permitan participar a menores o personas vetadas.
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