La norma que muchos ciclistas no conocen y puede acarrear multas de hasta 200 €
17 de Febrero de 2026
Es habitual en cualquier ciudad ver ciclistas atravesar un paso de peatones montados en su bicicleta, mientras que otros optan por bajarse y cruzar a pie. Ante esta duda recurrente, la Dirección General de Tráfico (DGT) deja claro que el paso de peatones es solo para peatones y, por tanto, los ciclistas deben bajarse de la bici y cruzar llevándola de la mano.
En este sentido, cruzar un paso de cebra montado en bicicleta no está permitido y puede acarrear sanción, ya que hacerlo supone un riesgo para los peatones, que son quienes tienen prioridad. Por el contrario, los ciclistas solo tienen prioridad frente a los vehículos a motor cuando circulan por un carril bici, por un paso específico para ciclistas o por un arcén debidamente señalizado.
Además, la DGT insiste en que está prohibido circular en bicicleta por aceras y zonas peatonales, salvo que exista alguna señalización que indique un carril bici compartido. Incumplir esta norma puede suponer una multa de hasta 100 euros.
Otras conductas sancionables tienen que ver con las distracciones. El uso del teléfono móvil mientras se circula en bicicleta, así como llevar auriculares, está prohibido y conlleva sanciones que pueden alcanzar los 200 euros.
Por último, respecto al consumo de alcohol, los ciclistas están sujetos a los mismos límites que los conductores de vehículos a motor: no se puede superar una tasa de 0,5 gramos por litro de alcohol en sangre ni 0,25 miligramos por litro en aire espirado.
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