Nuevas normas de tráfico para conductores, ciclistas y patinetes: ¿cuándo entran en vigor?
19 de Agosto de 2026
Quedan menos de dos meses para que entren en vigor nuevas normas de circulación en España. El próximo 1 de octubre comenzará a aplicarse parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno a finales de junio, que introduce nuevas obligaciones para usuarios de patinetes eléctricos, ciclistas, motoristas y conductores y refuerza la protección de los considerados usuarios vulnerables de la vía.
El cambio, recogido en el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, incorpora por primera vez al reglamento el concepto de “usuario vulnerable de la vía”. Esta categoría engloba a las personas que, por el medio de transporte que utilizan o por su edad y características físicas, presentan un mayor riesgo de sufrir lesiones o de que estas sean más graves en caso de accidente. Entre ellos se encuentran peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos.
PATINETES ELÉCTRICOS
Una de las principales novedades afecta a los patinetes eléctricos, para cuyos conductores se establece una edad mínima de 15 años. Además, será obligatorio utilizar casco de protección y llevar chaleco reflectante durante la noche o cuando exista poca visibilidad. En el caso de quienes utilicen un VMP para trabajar, el chaleco deberá llevarse en todo momento.
Circular sin el casco o el chaleco cuando sean obligatorios será considerado infracción grave y podrá sancionarse con 200 euros. Los VMP deberán contar también con su sistema de alumbrado encendido permanentemente, aunque esta última obligación no entrará en vigor hasta el 1 de octubre de 2027. La reforma contempla además que estos vehículos puedan circular fuera de los núcleos urbanos por espacios separados del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, cuando esté permitido.
CICLISTAS
Los ciclistas también tendrán nuevas obligaciones y mayor protección. En las vías interurbanas desaparecen las excepciones que permitían circular sin casco, por lo que todos deberán utilizarlo. Además, los conductores tendrán que extremar las precauciones al adelantar a una bicicleta: deberán reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo de la vía y, cuando existan dos o más carriles en el mismo sentido, tendrán que cambiar completamente de carril, manteniendo una separación lateral mínima de 1,5 metros.
En las ciudades, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril, con el objetivo de mejorar su visibilidad y reducir determinadas situaciones de riesgo. Los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta por el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de cinco metros. Los ayuntamientos también podrán autorizar que las bicicletas circulen en ambos sentidos en determinadas calles de un único carril limitadas a 30 kilómetros por hora o menos, siempre que exista señalización que lo permita.
REPARTIDORES
La reforma establece además obligaciones específicas para los repartidores y otros trabajadores que utilizan vehículos de dos ruedas. Los profesionales que trabajen con bicicleta deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento, mientras que quienes utilicen un VMP tendrán que llevar permanentemente ambos elementos de protección. En el caso de los trabajadores que utilicen motocicletas, será obligatorio llevar chaleco reflectante durante toda la jornada.
El incumplimiento de estas obligaciones para los profesionales tendrá la consideración de infracción grave y podrá conllevar una multa de 200 euros. Con esta reforma, que comenzará a aplicarse parcialmente el 1 de octubre de 2026, el Gobierno busca reforzar la seguridad de los usuarios más vulnerables y adaptar las normas de circulación a la creciente presencia de patinetes, bicicletas y otros vehículos de movilidad personal en las carreteras y ciudades españolas.
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