Hacienda cambia las reglas de Bizum: así vigilarán tus envíos y dinero recibido
A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria implementará un nuevo sistema de control sobre los pagos electrónicos, que incluirá operaciones realizadas mediante Bizum, transferencias bancarias y tarjetas de crédito. La medida, recogida en el Real Decreto 253/2025, cambia el enfoque de la vigilancia fiscal: ya no se atenderá solo a grandes importes, sino también a la frecuencia y regularidad de los movimientos, incluso si las cantidades son reducidas.
Hasta ahora, los bancos solo debían reportar ingresos superiores a 3.000 euros. Con la nueva normativa, deberán remitir informes mensuales sobre operaciones que presenten un patrón repetitivo, sin importar el importe. Esto significa que pagos recurrentes de 50, 200 o 500 euros podrían ser revisados si se producen de forma sistemática.
El objetivo es detectar ingresos constantes que puedan ocultar actividades económicas no declaradas o donaciones encubiertas, una medida que responde al crecimiento del uso de pagos digitales, especialmente Bizum, que gestiona alrededor de tres millones de operaciones diarias en España.
Autónomos y familias, los más afectados
Los colectivos que más se verán afectados incluyen autónomos, que deberán justificar todos sus ingresos mediante factura y mantener separadas sus cuentas personales y profesionales a partir de 2026, así como padres que apoyen económicamente a sus hijos mediante pagos recurrentes de alquiler o hipoteca.
La obligación de informar recaerá sobre bancos, entidades de crédito y proveedores de servicios de pago que operen en España. Se deberá comunicar a Hacienda el patrón de pagos, el volumen anual de transferencias y las operaciones de Bizum, lo que permitirá detectar discrepancias entre ingresos declarados y reales, pudiendo derivar en inspecciones.
Sanciones para los incumplidores
Se prestará especial atención a las cuentas con movimientos anuales superiores a 25.000 euros, que serán incluidas en reportes específicos. Las sanciones por no declarar ingresos pueden oscilar entre el 50 % y el 150 % del importe no declarado, además de intereses de demora.