Si vas a casarte, cuidado con Hacienda: podría multarte si no haces esto
Organizar una boda en España cuesta, de media, más de 24.600 euros, una cifra superior a muchas entradas para hipotecas. Cada invitado representa un gasto estimado de 212 euros, lo que obliga a muchas parejas a recurrir a regalos en metálico, ahorros o incluso préstamos para financiar el evento.
Este tipo de regalos, sin embargo, no pasan desapercibidos para Hacienda. Según establece la normativa fiscal, se consideran donaciones y deben tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, igual que ocurre con otros eventos como bautizos o comuniones. Si el regalo es en efectivo o mediante transferencia, debe declararse en un plazo de seis meses a través del modelo 651, que recoge el valor y el vínculo entre quien lo da y quien lo recibe.
Los bancos también tienen un papel relevante, ya que están obligados a notificar ingresos en efectivo superiores a 1.000 euros, transferencias de más de 3.000 euros o cualquier operación con billetes de 500. Esto facilita el rastreo de los regalos que muchas veces llegan a través de cuentas bancarias creadas por los novios.
Además del dinero, también los regalos en especie -como electrodomésticos o muebles- pueden considerarse donaciones y conllevar obligaciones fiscales. La cuantía a tributar dependerá de factores como el parentesco entre las partes y del régimen económico de la pareja (gananciales o separación de bienes), así como de la comunidad autónoma.
Las sanciones por no declarar los regalos pueden ser elevadas. Las multas oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada, en función de la gravedad de la infracción y si hay o no prácticas fraudulentas. La recomendación es clara: consultar con un asesor fiscal para evitar problemas y sorpresas tras el "sí, quiero".