20 Mayo 2024
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Comienza la campaña de la Declaración de la Renta: ¿cómo solicito el borrador?

Comienza la campaña de la Declaración de la Renta: ¿cómo solicito el borrador?

 

Este miércoles 3 de abril arranca la campaña de la Declaración de la Renta 2023. A partir de esta mañana puede solicitarse el borrador y presentarlo si se está de acuerdo. Puede hacerse desde la página oficial de la Agencia Tributaria.

 

Aquellos que prefieran realizar la declaración vía telefónica deberán esperar hasta el 29 de abril, y podrán presentarla a partir del 7 de mayo. La fecha límite para solicitar esta modalidad será el 26 de junio. 

 

Por otro lado, los contribuyentes que prefieran realizar la declaración de manera presencial podrán pedir la cita desde el 29 de mayo y, tras cinco días, confirmar el borrador. Se podrá solicitar hasta el 26 de junio. 

 

La fecha límite para la presentación de este trámite independientemente de la modalidad que se elija es el día 1 de julio. Aunque hay una excepción, aquellos que hagan la declaración por internet y salga a ingresar con domiciliación bancaria, tendrán de fecha límite hasta el 26 de junio

 

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS

 

Los contribuyentes extremeños pueden acogerse a distintas deducciones autonómicas que pueden ser desconocidas para muchos. Pueden consultarse aquí.

 

POR CIRCUNSTANCIAS PERSONALES Y FAMILIARES

 

Entre otras, podrán deducirse las familias que acojan menores, por partos múltiples, por cuidados de familiares con discapacidad, por cuidado de hijos menores de hasta 14 años inclusive, y aquellos contribuyentes que sean viudos. 

 

RELATIVAS A LA VIVIENDA HABITUAL

 

Además, con respecto a la vivienda habitual, los contribuyentes podrán deducirse diferentes cantidades; bien por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, para jóvenes y para víctimas del terrorismo. Los menores de 36 años, a su vez, por arrendamiento de vivienda habitual, así como se pueden deducir los intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes. Además, adquirir o rehabilitar la vivienda habitual en zonas rurales, también es un concepto deducible.

 

OTROS CONCEPTOS DEDUCIBLES 

 

Adicionalmente existen otros conceptos deducibles, como percibir retribuciones del trabajo dependiente o la compra de material escolar; la inversión en adquisición de acciones o participaciones como consecuencia de acuerdos de constitución o ampliación de capital en las sociedades mercantiles y residir habitualmente en municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 3.000 habitantes. Instalar un punto eléctrico o la compra de vehículo eléctrico en 2023 también se podrá emplear como deducción.

 

¿CUÁNDO SE ESTÁ EXENTO DE REALIZAR LA DECLARACIÓN?

 

Con respecto a los rendimientos del trabajo, existen varias casuísticas con las que se está exento de realizar el trámite según la Agencia Tributaria. 

 

  • Si sólo existe un pagador y se han cobrado menos de 22.000 euros anuales.
  • Si se ha cobrado menos de 15.000 euros con dos pagadores.
  • Si teniendo dos o más pagadores se ingresan más de 15.000 euros, pero no se cobra más de 1.500 a partir del segundo pagador y los ingresos totales no superan los 22.000 euros. 

Ante cualquier duda y ampliación de información hay que consultar con la Agencia Tributaria o asesorías especializadas. Para finalizar, se recomienda consultar el borrador antes de confirmarlo porque pueden faltar datos adicionales que hay que añadir de manera manual.