OPINIÓN: Zona de Bajas Emisiones en Mérida: cuando la verdad no se dice
11 de Enero de 2026
- En Mérida no es obligatorio implantar la ZBE*
- No se ha permitido la participación pública de forma adecuada en la elaboración del proyecto
Sigue el Ayuntamiento de Mérida empecinado en implantar una Zona de Bajas Emisiones en el centro de la ciudad, y el empecinamiento le lleva a realizar afirmaciones que no concuerdan con normativas europeas y con la legislación española.
Afirmar que la implantación de una ZBE en Mérida es obligatoria no es cierto. Los organismos comunitarios obligan a ello en dos circunstancias: población con más de 50.000 habitantes y problemas cuantificados y probados de polución atmosférica.
El primer requisito se cumple, pues la capital de Extremadura ha alcanzado ya los 60.000, pero el segundo claramente no.
Como ha certificado la Junta de Extremadura, Mérida es la ciudad extremeña con mejor calidad del aire y según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), Extremadura es la comunidad autónoma, con diferencia, donde la producción de gases invernadero es menor, pero es que además, Mérida, con su extenso término municipal de casi 90.000 has., y sus millones de árboles, sobre todo encinas y alcornoques, es la que menos CO2 produce de toda Extremadura.
No es cierto tampoco que se haya facilitado y permitido la participación pública en la redacción del proyecto.
FONDENEX presentó el 28 de noviembre de 2025 una “Reclamación previa al proyecto de Zonas de Bajas Emisiones y su ordenanza, en Mérida, ya que en nuestra opinión se ha obviado la participación del público y las personas interesadas en el proceso de diseño y establecimiento de la ZBE (RD 1052/2022; Ley 27/2006 y Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE):
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Participar de manera efectiva y real en la elaboración de planes y programas.
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Acceder con antelación suficiente a la información relevante.
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Formular alegaciones y observaciones cuando esté aún abiertas todas las opciones y antes que se adopte una decisión.
Pues nada de esto se ha hecho, y el Proyecto de ZBE, su Memoria justificativa y Ordenanza de ZBE son documentos elaborados previamente sin haber posibilitado la participación ciudadana, por lo que en opinión de FONDENEX y DEMOMAPEX todos estos documentos están viciados de nulidad de pleno derecho.
Es preciso recordar dos aspectos importantes de la ZBE** que quiere implantar el Ayuntamiento de Mérida:
1. Las cámaras que se pretende que funcionen, son de contorno 360º biométricas. ¿Qué tienen que ver estas cámaras con la calidad del aire o el vertido de CO2? Pues nada. Pero sí sirven para realizar reconocimiento facial de los ciudadanos, vulnerando su derecho constitucional a la intimidad.
2. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en sentencia reciente, declaró no ajustado a Derecho el proceso de adjudicación y contrato de de adquisición de las cámaras y condenando a costas al Ayuntamiento de Mérida. Hay presentado un recurso de reposición sobre el apagado de las cámaras que aún no ha resuelto dicho tribunal.
FONDENEX y DEMOMAPEX agotarán todas las vías legales para que no se implante la ZBE en Mérida.