27 Abril 2024
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Región

Cerca de 3.800 extremeños se ven afectados por un ERTE

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26 de Marzo de 2020

Cerca de 3.800 extremeños se ven afectados por un ERTE

El número de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) registrados en la región a fecha de 25 de marzo han sido un total de 494, que afectarán a un total de 3.785 trabajadores.

Así lo ha detallado la Consejería de Empleo a 7Días, informando además de los mismos por provincias.

De esta forma, en la provincia de Badajoz se han registrado (a 25 de marzo) un total de 266 ERTE que afectarán a 1.912 personas. En la provincia de Cáceres 191, afectando a 851 trabajadores; y 37 ERTE autonómico que afectarán a 1.022 personas.

DIFERENCIAS ENTRE ERTE Y ERE

La actual situación está obligando a muchas empresas a tomar medidas excepcionales debido al parón provocado por la crisis del coronavirus. Entre ellas están las que no pueden continuar con el trabajo por verse afectadas por el estado de alarma. Por ello están anunciando ERTES y ERES, pero, ¿cuáles son sus diferencias?

La principal distinción entre un ERE y un ERTE tiene que ver con su duración. Con el ERE son definitivas mientras que con el ERTE son puntuales o temporales. En sus propias siglas se establece la principal diferencia: ERE quiere decir Expediente de Regulación de Empleo. Las consecuencias son irrevocables y ERTE, por su parte, es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, por lo que se establece durante un periodo limitado de tiempo.

Ambas medidas están recogidas en el Real Decreto Ley 3/2012 para tratar de solucionar situaciones económicas, técnicas, organizativas o de producción de compañías.

Tanto el ERE como el ERTE se encuentran regulados dentro del Estatuto de los Trabajadores. El primero, provoca despidos efectivos, firmes en todos los casos. Por contra, en el segundo caso, no se trata de despidos de hecho, sino suspensiones temporales de parte o de toda la plantilla. El ERE se aplica principalmente cuando la empresa cesa totalmente su actividad aunque también puede hacerse si no se echa el cierre, mientras que la compañía que aplica un ERTE puede seguir en activo.

En concreto, un ERE puede darse cuando se justifiquen causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, así como causas de fuerza mayor, es decir, la disolución de la empresa. No obstante, aunque no exista una causa legal, puede darse esta circunstancia pagando una indemnización equivalente a un despido improcedente. 

Cuando un trabajador sufre un ERTE, mantiene por norma general su situación de activo, pero en el caso del ERE, éste pasa a estar en paro o desempleo. El ERTE puede suponer la disminución de una jornada o periodos temporales de baja, pero no queda en desempleo. La duración del ERTE tampoco está establecida.

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