1 Agosto 2025
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Casi 5.000 familias extremeñas han disfrutado del permiso retribuido por nacimiento y cuidado del menor

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30 de Julio de 2025

Casi 5.000 familias extremeñas han disfrutado del permiso retribuido por nacimiento y cuidado del menor

 

La Seguridad Social tramitó en Extremadura 4.960 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor durante el primer semestre de 2025. De ellas, 2.396 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 2.564 al segundo, normalmente el padre. Estas prestaciones han sido financiadas por el Gobierno de España por un importe total de 31.458.250 euros. Asimismo, se han concedido 312 excedencias por cuidado de familiar.

 

Estas cifras se corresponden a periodos disfrutados entre enero y junio de este año, por lo que no coinciden exactamente con el número de prestaciones tramitadas, ya que, por ejemplo, hay casos de prestaciones que pudieron iniciar el trámite en 2024 y parte de ellas disfrutasen en 2025. En el caso de Extremadura, los procesos tramitados en el primer semestre del año fueron 4.746, de los que 2.275 corresponden a mujeres y 2.471, a hombres. La duración media de los permisos por nacimiento y cuidado del menor fue de 110,42 días.

 

La prestación por nacimiento y cuidado de menor es equivalente a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad vigentes y cuya completa equiparación está vigente desde 2021. A partir de esa fecha, la prestación es igual para ambos progenitores y se reconoce como un derecho individual y no transferible. Este permiso es de 16 semanas y 6 de ellas deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en caso de adopción, guarda o acogimiento.

 

La cuantía de estas prestaciones equivale a la base de cotización del mes anterior al parto, adopción, guarda o acogimiento, y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las semanas que dura el permiso.

 

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece la posibilidad de solicitar la prestación por nacimiento de forma telemática, a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede.seg-social.gob.es/) y en https://prestaciones.seg-social.es/servicio/prestacion-nacimientoadopcion-cuidadomenor.html?categoria=nacimiento-adopcion-embarazo

 

También se pueden solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso por nacimiento o cuidado del menor, si los progenitores optan por dividir el periodo.

 

 

 

Excedencia por cuidado de familiares

 

Del mismo modo, entre enero y junio de 2025, en Extremadura se concedieron un total de 312 excedencias para el cuidado familiar; de las que 270 fueron solicitadas por mujeres y 42 por hombres. Esto indica un crecimiento del 7,59% en la región con respecto al mismo periodo del año anterior.

 

Las personas trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.

 

La prestación pasa de 16 a 19 semanas

 

El Consejo de Ministros aprobó ayer la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor, que pasa de 16 a 19 semanas, iguales para madres y padres, intransferibles, con cobertura del 100% por la Seguridad Social.

 

A partir de su entrada en vigor, ambos progenitores disfrutarán de una semana más del permiso por nacimiento y cuidado del menor, es decir, 17 semanas, durante el primer año de vida del menor o de la resolución administrativa o judicial, en el caso de acogida o adopción. Se mantiene la obligación de disfrutar de seis semanas inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento.

 

El resto del tiempo puede disponerse en periodos sucesivos, de al menos una semana de duración. Además, ambos progenitores tendrán derecho a dos semanas más de permiso por nacimiento y cuidado del menor, que se podrán disfrutar hasta que el niño o niña cumpla 8 años.

 

Por otra parte, en el caso de familias monoparentales, el 80% formadas por mujeres, el permiso se duplica y será de 32 semanas.

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