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La Junta pagará el IBI sanitario a los Ayuntamientos

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12 de Julio de 2016

La Junta pagará el IBI sanitario a los Ayuntamientos

 

La consejera de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales ha anunciado que la Junta de Extremadura pagará el IBI sanitario a los Ayuntamientos extremeños.

Tras idas y venidas, la Junta ha decidido pagar este impuesto a los consistorios de la región. Desde un principio el Ejecutivo de Fernández Vara decidió suprimir este impuesto que consigue tanta recaudación para la hacienda municipal.

Según ha indicado la consejera, “esta decisión atiende a las consideraciones expresadas por las distintas entidades locales que han hecho alegaciones en busca de un mayor consenso entre todas las administraciones públicas implicadas”.

Además ha señalado que también “pagarán la deuda que dejó el anterior ejecutivo de Monago”, e indica que la deuda dejada por el Partido Popular sobre el impuesto del IBI sanitario asciende a más de 20 millones de euros.

Este cambio se debe al proyecto de Ley de Medidas Tributarias, Patrimoniales, Financieras y Administrativas de Extremadura aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, el cual lo remitirá a la Asamblea de Extremadura para que sea debatido en sesión plenaria.

Este texto regula las medidas tributarias, financieras y administrativas vinculadas a la consecución de los objetivos de la Ley 3/2016, de 7 de abril, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2016 y a la política social y económica, y consiste, básicamente, en la supresión de determinados beneficios en algunos tributos y en la revisión de los tipos de gravamen en ciertos impuestos.

La reforma no tiene carácter general y se limita a la supresión de determinados beneficios tributarios, así como a la revisión de los tipos de gravamen. “Se trata por tanto de una Ley en apoyo al mantenimiento de los servicios públicos esenciales de la Comunidad sin que ello suponga un incremento de la presión fiscal”, ha aseverado Pilar Blanco-Morales.

Además, la consejera ha mostrado el compromiso de la Junta de “luchar contra el fraude fiscal a fin de mejorar la eficacia recaudatoria en los ingresos para disminuir el nivel de endeudamiento”.

MEDIDAS TRIBUTARIAS

La reforma fiscal tiene un impacto de casi 9 millones de euros, compensando con el millón y medio del Canon de Saneamiento (canon del agua). Sin embargo, los cambios en el IRPF y en el impuesto de patrimonio no podrán aplicarse hasta el próximo año, por ser competencia del Gobierno de España.

Canon de Saneamiento: mínimo exento de 2 m³ por vivienda. Así, se excluyen del gravamen las necesidades más básicas. Ahorro: 1’5 millones de euros.

IRPF: Se mantienen todas las deducciones en la cuota íntegra autonómica; salvo la que se refiere a la adquisición de segunda vivienda en el medio rural. Recaudación: 483.000 euros.

Impuesto de Patrimonio: se modifica el mínimo exento que pasaría de los 700.000 euros a los 500.000 euros y el de los discapacitados. Recaudación: 1,05 millones de euros.

Impuesto de sucesiones: se mantienen todos los beneficios tributarios

Impuesto de donaciones: se suprimen las bonificaciones del 99% y 90%. Se mantienen el resto de beneficios tributarios establecidos. Recaudación: 1 millón de euros (por ambos tributos).

Actos jurídicos documentados: se eleva al 1,5% el tipo de gravamen general. Se eleva al 3% el tipo de gravamen que recae sobre las escrituras públicas en las que se renuncia a la exención del IVA.  Recaudación: 6 millones de euros.

Tributo sobre el juego: se establece una cuota fija reducida para máquinas tipo B1 con apuestas limitada a 10 céntimos. La tasa fiscal se fija en 375 euros trimestrales, frente a los 850 euros de las B1 tradicionales. Recaudación: 975.000 euros.

Impuestos sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente: se incrementan los tipos de gravamen. Se revisan las tarifas que gravan el transporte de energía eléctrica para instalaciones de tensión igual o superior a 400kw. El tiempo de gravamen se fija en 1.200 euros frente a los 700 euros de las inferiores a 400kw. Recaudación de 500.000 euros.

Impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos: incremento de un 20% de los tipos de gravamen de los residuos peligrosos, inerte y no peligrosos. Recaudación de 500.000 euros.

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS

  • Incremento de tarifas por actividades administrativas en TV y radiodifusión.
  • Creación de tasa por actividades administrativas en Comunicación Audiovisual
  • Creación de tasa por uso compartido de canalizaciones en telecomunicaciones.
  • Creación de tasas por instalación de equipos radioeléctricos en edificios públicos.

MEDIDAS FINANCIERAS, PATRIMONIALES Y ADMINISTRATIVAS

Responden a la prohibición por parte del TC de incluir en la Ley de Presupuesto medidas tributarias de carácter sustantivo, modificaciones de leyes específicas y medidas que no tengan vinculación con los estados de ingresos y gastos de carácter anual.

Medidas de patrimonio: pretenden el adecuado control y seguimiento del sector público autonómico y su conocimiento por el Consejo de Gobierno.

Medidas financieras: cumplen con los compromisos que directa o indirectamente afectan a la actividad financiera de la Comunidad.

Medidas de subvenciones: adaptación a la legislación autonómica a las últimas modificaciones de la Ley básica estatal.

Medidas de contratación: garantizan el reconocimiento de obligaciones por parte de la administración para evitar el enriquecimiento injusto.

Medidas de procedimiento y organización: medidas sobre el procedimiento sancionador en materia de consumo, para adaptar la normativa autonómica a la doctrina del TC.

Medidas en materia de Función Pública: se aclara la situación de servicios especiales del personal directivo y se establece una habilitación genérica al Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario de la Ley.

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