Una sentencia reconocerá la antigüedad de los trabajadores temporales de la Junta
11 de Febrero de 2026
A través de un nuevo dictamen, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura confirma que la antigüedad de los trabajadores de la Junta extremeña será computada a efectos económicos y profesionales.
La resolución afecta, por tanto, a quienes hayan prestado servicios en la administración, pese a ejercer una actividad de carácter intermitente. De esta manera, el Tribunal busca equiparar la carrera profesional con la realidad laboral. A partir de ahora, estos trabajadores podrán acceder al nivel de carrera profesional conforme a la trayectoria desempeñada.
Además, la medida recoge la posibilidad de recibir la compensación económica según su prestación en dichos servicios. Por ello, quienes reclamen su derecho, podrán recibir la cantidad monetaria correspondiente a la antigüedad de su ejercicio profesional en la Junta de Extremadura.
La nueva sentencia nace tras estudiar el caso de una trabajadora a la que se le denegó el acceso al nivel de carrera profesional que solicitaba, tras veinte años de prestación de servicios esenciales en la Administración. Ahora, La Junta de Extremadura está obligada a reconocer su acceso al nivel III de carrera profesional y a abonarle el dinero dejado de percibir durante esos años.
Para La Unión Sindical Obrera, este cambio del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura es un gran paso para reconocer que “la temporalidad no puede servir para recortar derechos”. Por ello valora “muy positivamente” esta sentencia en el reconocimiento de los derechos de los trabajadores y trabajadoras extremeñas.
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